El problema empezó en noviembre de 2017, con la resolución 4-2017 del Tribunal Fiscal (TF) del Ministerio de Economía. Esa instancia ordenó que la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) debía contar el mismo plazo de cuatro años para fiscalizar a las empresas y para cobrar sus deudas originadas antes del año 2012. Una decisión que rompió con la tradición y que, de acuerdo al ente recaudador, contradecía la ley.
El TF no se pronunció de oficio, sino resolviendo el reclamo de una compañía. Esta alegaba que sus deudas del 2009 ya habían prescrito, pero en 2014 la Sunat le notificó el saldo que debía pagar, pues consideraba que se encontraba dentro del plazo de cobro que se inició en 2012.
En 2019, la entonces jefa de la Sunat, Claudia Suárez, reveló que estaba en juego el cobro de S/11,000 millones porque otras empresas se habían acogido a la resolución del TF. Suárez señaló que hubo un cambio repentino en la interpretación del Código Tributario.
Cada año, las compañías deben declarar a la Sunat su rentabilidad. Es decir, sus ingresos y gastos. De acuerdo a esto se establecen los tributos que cada empresa deberá pagar. No obstante, la entidad verifica si lo declarado es cierto. Si lo es, no aplica sanciones. Pero si encuentra alteraciones en la información, entonces empieza un proceso para establecer la cifra real que la compañía debió abonar.
Para la entidad la norma es clara: existe un primer plazo de seis meses para verificar la declaración de las compañías y otro, que se inicia tras establecerse irregularidades, para cobrar la deuda. La Sunat llama a este último acto “interrupción”.
La “interrupción”, según el artículo 45 del Código Tributario, genera un nuevo plazo de prescripción. El tiempo transcurrido ya no cuenta y la Sunat tendrá cuatro años para cobrar la deuda tributaria.
En la resolución del TF del 2017, no obstante, se indica que esta aclaración no existió hasta 2012, cuando el gobierno de Ollanta Humala promulgó el Decreto Legislativo 1113. A su criterio, este decreto no se puede aplicar para deudas anteriores a ese año.
Y acá es donde se genera el conflicto en el que el Tribunal Constitucional (TC) entrará a tallar.
Perú21 accedió a un oficio de la Sunat en la que se enumera a 132 compañías deudoras. De ellas muchas han pedido que sus deudas prescriban al considerar que el plazo de cobro ya terminó.
La suma de todas esas deudas asciende a S/9,256.97 millones. Pero lo curioso es cómo se ha llegado al escenario en el que el TC será dirimente en una disputa millonaria.